Wednesday, January 5, 2011

EL CASO DE LA MANTIS RELIGIOSA DE GRAN CANARIA



LA DOBLE MORAL Y LOS PECADOS CAPITALES INCONFESABLES DE UNA MEAPILAS QUE HA GENERADO UNA TERRORÍFICA ESPIRAL DE FALSOS TESTIMONIOS, CON DECENAS DE PRUEBAS AMAÑADAS, PARA ANULAR A LOS PADRES DE SUS HIJAS
Nuevo adelanto del libro EL VARÓN CASTRADO (II)
A veces, para que todos nos entendamos, hay que empezar por lo obvio: cuando una pareja contrae matrimonio y tiene descendencia la patria potestad, guardia, custodia, tutela, curatela y acogimiento de los menores se reparte al 50 por ciento entre sus progenitores.
No ocurre así si, por las razones que sean, los padres se separan o se divorcian. Entonces se produce un hecho insólito e injusto: salvo en algunos países en que rige la custodia compartida, la patria potestad se atribuye a cada miembro de la pareja pero la guardia y custodia se concede en exclusiva a la mujer.
Esta barbaridad jurídica supone en la práctica que la madre se convierte en la «dueña y señora» de los hijos a los que, con harta frecuencia, utiliza para chantajear, someter y tener de rodillas a su ex marido como si se tratara de un esclavo, y para convertirlo en una especie de Banco de España que sufrague sus caprichos y extorsionarlo cuando le venga en gana.
Esta concesión, que no es más ni menos que la burda expropiación de los derechos paténtales a uno de los progenitores, se recoge ya en los códigos civiles del siglo XVIII y XIX de muchos países. Tiene su origen, entre otras cosas, en un hecho biológico impuesto por la naturaleza: en esa época las mujeres amamantan a la prole. De manera que los padres que no podían sufragar un ama de cría y ante la escasez de otros alimentos alternativos para los bebes, no tenían otra alternativa que ceder los hijos a sus madres biológicas.
En la actualidad, con millones de mujeres que desertan de la lactancia infantil para que se le estropeen los senos o para no tener que renunciar a su puesto de trabajo y a su independencia económica, y con el empleo masivo de las lechas maternizadas artificiales no tiene fundamento real, jurídico ni legal alguno ese privilegio. La práctica cotidiana y el derecho natural demuestran que privar a una de las partes de la guardia y custodia es una tremenda aberración.
Constituye, además, un semillero de conflictos y discordias entre la pareja de divorciados y una de las «razones» por la que muchos hombres, hartos de soportar chantajes y humillaciones insoportables, matan a sus ex mujeres y lo seguirán haciendo pese a quien pese en los años venideros.
Porque la concesión de guardia y custodia a la mujer constituye de hecho un diabólico mecanismo para desposeer al hombre de todo cuanto tiene y sumirlo en la más absoluta miseria: hogar familiar, enseres domésticos, coche familiar que pasan a la mujer; obligarle por Ley y encadenarle de por vida a seguir pagando las letras de un piso o de un coche que no va a volver a disfrutar nunca y forzarle, además, a pagar una pensión alimenticia y de estudios para los niños y, en algunos casos, hasta una pensión compensatoria a la mujer.
Todo ello se hace bajo la excusa del interés del menor, el único bien a proteger cuando los matrimonios fracasan según nuestro derecho positivo. Sin embargo, son cada vez más los tratadistas que piensan que, en pleno siglo XXI, donde la mujer trabaja o puede hacerlo, donde puede tener garantizada, si quiere, su independencia económica y su plena realización personal y profesional, no es de recibo que un varón separado tenga que seguir trabajando el doble para mantener a una ex mujer ─ a la que en muchos casos aborrece (y viceversa) ─, y a su nueva familia.
Pero así son las cosas en esta sociedad en la que muchas hijas de la diosa Venus, ─ amparadas por el feminismo radical y el Gobierno ─ pretenden disfrutar de plenos derechos en la sociedad sin renunciar al privilegio de extorsionar al ex marido embrutecido por el exceso de trabajo, sojuzgado de por vida o llevado a la desesperación y la miseria más absoluta.
SEMILLERO DE CONFLICTOS.- No hace falta que nadie recuerde que, oficialmente, pasar de una sociedad no tan patriarcal como se ha pintado en numerosos libros y folletos a una mixta con iguales derechos y deberes, en la que los progenitores tengan la custodia compartida de los hijos no es fácil. Al principio, sin duda, causará muchos problemas por parte de muchas mujeres envenenadas y decididas a todo, incluso a acusar a sus ex maridos de violación de menores y a otros tejemanejes y triquiñuelas judiciales para recuperar el viejo y privilegiado status y que el llamado «interés del menor» se convierta, de hecho, en un medio para crear una sociedad de hombres esclavos y dependientes de mujeres a las que no aman y de individuas acostumbradas a vivir como parásitos sociales, sin oficio pero con muchos beneficios, y a ser mantenidas a perpetuidad.
El caso más paradigmático de todo lo dicho hasta aquí es, sin duda, la batalla campal, la guerra a muerte y sin cuartel ─ donde todo vale con tal de matar socialmente al ex marido, de aniquilarle profesionalmente ─ que mantienen en los tribunales desde hace ocho años dos de las más ilustres familias de Las Palmas de Gran Canaria, la impoluta y sacrificada dama Margarita Manrique de Lara Martín-Neda, su ex marido, el polémico y controvertido empresario, hombre de confianza de la multinacional de la familia Bouygues en Canarias, Rafael González Bravo de Laguna, más conocido por «El Urraca» y el miembro del equipo olímpico de Vela, Agustín Juárez.
Según consta en autos judiciales ─ que no hay nada que se cuente aquí que no haya tenido antes un escribano judicial ─ el nudo gordiano de esta tragedia griega arranca cuando el trasunto de la dama de las camelias canaria, se enamora del tal G. Bravo de Laguna, sin tener en cuenta que está casado y que no podía llevarla al altar. Prendada de los supuestos encantos varoniles, la susodicha, fornicó a placer con él en el hotel Santa Catalina de Las Palmas sin preocuparse de que su amante usara una «camisiña do pito» hasta que ocurrió lo inevitable: se quedó preñada.
Como la llamada Margarita Manrique de Lara decía ser extremadamente puritana, bastante temerosa de Dios y aparentemente creyente, salvo en lo que compete al sexto mandamiento, a González y Bravo de Laguna le salieron muy caros sus escarceos extra matrimoniales. Porque, como si estuviéramos en el siglo XV, la familia Manrique de Lara le obligó a lavar la honra de la virtuosa doncella ─ sin mancha ni pecado original ─ y a casarse con ella, cosa que hizo en el Registro Civil 3 años más tarde y por la iglesia, con la bendición del Santo Padre que les envió incluso unas indulgencias plenarias (la Iglesia, como siempre, dispuesta a bendecirlo todo) diez ─ si DIEZ ─ años más tarde, cuando el retoño estaba a punto de ir a la mili.
Pero como lo que mal empieza mal acaba, debido a que su marido que la tiene por una desequilibrada mental algo paranoica ─ según consta en autos ─ se negó a darle más hijos para evitarle sufrimientos a estos. Doña Margarita Manrique de Lara, sin embargo, aspiraba a tener familia numerosa para lo que llevaba tejidas siete canastillas, y a comienzos del 2.000 se empeñó en adoptar niñas rumanas. Y tal interés puso en la empresa que su marido, para que lo dejara en paz, dio su consentimiento como cabeza de familia para que se acogiera en el hogar familiar a una menor, inscrita en el Registro Civil como hija de los dos.
Como, por otra parte, la señora decía sentirse falta de cariño, de esa ternura que solo los buenos amantes son capaces de proporcionar, decidió buscarse un bergantín, es decir, eso, un palo mayor en buen uso y sin astillar, miembro del equipo olímpico español de vela, Agustín Juárez, lo sedujo según cuenta él, y se lo llevó al huerto.
Tras cuatro meses de infidelidades sin tomar ninguna protección, el cambio de semental provocó lo que era inevitable que ocurriera. La dama-dama de alta cuña y de baja cama, como la definiría la cantente Cecilia, se presentó ante sus amigas luciendo un estómago tipo cabo de buena esperanza. De nuevo, para evitar que alguien se atreviera a confundirla con una casquivana ─que hay gente para todo ─ y ella estaba casada y era toda una señora, la prepotencia, la soberbia del entorno familiar de los Manrique de Lara se movilizó al unísono al igual que los señores medievales: Rafael G. Bravo de Laguna fue obligado a reconocer como suya a la menor concebida fuera del lecho conyugal y a cargar de por vida con unos cuernos del tamaño de las desaparecidas torres gemelas, no vayamos a exagerar.
Así que forzado por su familia política como ha quedado dicho, y resuelto a la que infidelidad un fuera conocido en los ambientes financieros donde se movía, el marido, que de santo no tiene nada, no nos vayamos a engañar, accedió a lucir el trofeo cinegético, nueve puntas, medalla de oro, lo que le permitió seguir ejerciendo con la cabeza muy alta su oficio de ejecutivo de la sociedad Saur y de presunto conseguidor, que en algunos casos es una forma educada de llamar los especuladores y sinvergüenzas de tomo y lomo.
Y así, en el año del señor de 2002, Margarita Manrique de Lara, a la que en algunos ambientes grancanarios se conoce jocosamente como la «semper virgini» rompió aguas y la pareja, amarras. El feliz matrimonio se divorció de mutuo acuerdo el 14 de abril, en el año 27 del reinado del Rey Juan Carlos (que Dios guarde) y sexto de José María Aznar. Los ex esposos suscribieron el correspondiente convenio regulador ante un juzgado de familia grancanario mediante el cual el padre jurídico de las dos niñas, A y falsamente biológico de la otra, M., en lugar de poner el grito en el cielo y sacar a relucir su condición de cornudo y apaleado se comportó como marca la Ley: dejó a su mujer la casa de Reyes Católicos e hizo entrega a la mujer de una suculenta pensión alimenticia y educativa.
A cambio, pese a que figuraba a todos los efectos en el Registro Civil como el padre de una de las niñas y lo era a todos los efectos, se le trató como si fuera un convidado de piedra, un extraño al matrimonio. Se le concedió las migajas, como a los perros sarnosos, es decir, un régimen de visitas a las niñas los fines de semana alternos y las partes proporcionales de las vacaciones de semana santa, navidad y verano.
SE VA EL CAMIMAN.- Mucho antes y durante los años de matrimonio, Rafael González y Bravo de Laguna, que no tenía separación de bienes con su ex esposa, había amasado, una considerable fortuna, utilizando para ello todo un entramado de sociedades en su mayoría privativas, con cuentas en Suiza y probablemente en las islas Caimán. Margarita Manrique de Lara, de profesión sus labores, no había contribuido a ello pero aspiraba a la mitad de tan suculento botín.
Pero «casualmente» el abogado de las dos partes se «olvidó» de disolver con el matrimonio la sociedad de gananciales dando a cada uno lo suyo. Y no lo hizo para perjudicar a quien tanto había contribuido a engrandecer el patrimonio familiar y a enaltecer el apellido paterno sino por algo más prosaico. Muchas de las empresas, al parecer, pertenecían, completamente o en parte, a políticos y personajes públicos del Archipiélago de los que El Urraca sería un simple fiduciario o testaferro.
Y ahí en el vil metal parece estar la raíz del conflicto que enfrenta a la pareja desde 2002 hasta la fecha utilizando a las dos niñas como moneda de cambio, como siniestro instrumento de chantaje, lavándoles el cerebro una y otra vez a las menores para poder manipularlas y ponerlas en contra del marido al que llaman Rafael y no papa o padre, como es habitual en cualquier familia.
Porque lo que no sabían por entonces ni el Obispo de Las Palmas de Gran Canaria, Ramón Echarren Ystúriz ni el mismísimo Papa Benedicto XVI, en cuyo nombre se promueve meses más tarde la nulidad matrimonial, es que Margarita Manrique de Lara iba a comportarse en adelante como una Mantis Religiosa, como una Viuda Negra, cuyo único objetivo sería eliminar a los dos machos «a los que había adorado tanto», para quedarse en exclusiva y a perpetuidad con la «propiedad» y el usufructo de las dos menores y emplearlas para vengarse de sus ex esposos y es amantes.
Fue así que a lo largo del año 2002 se negó unilateralmente a cumplir el convenio de separación y pretendió separar definitivamente a sus hijas de su padre y padrastro, sin que las quejas del último ante los juzgados de familia ni las advertencias de desobediencia a los tribunales surtieran efecto sobre la dama, que sin recato alguno se pasó una y otra vez a la Justicia por el forro de sus entretelas.
Meses más tarde, en el otoño de ese mismo año, y a la vista de que no consigue sus pretensiones pecuniarias, la tal Manrique de Lara da un nuevo salto cualitativo. Para fastidiar aún más a su antigua media naranja y alejarle de las niñas pone tierra de por medio y se va a vivir a Jerez de la Frontera sin que exista razón alguna para el cambio de domicilio (oferta de trabajo, arraigo familiar, vecindad ni nada por el estilo que justifique la medida).
Para burlar a la Justicia, que como se sabe en muchos casos es más ciega de lo que parece, y no cumplir el régimen de visitas ni una sola vez, se inventa decenas de enfermedades ficticias de las niñas hasta que una empresa de detectives la pesca con las manos en la masa y uno de los juzgados de familia de Las Palmas la conmina a cumplir el convenido regulador firmado voluntariamente por ella.
Pero hete aquí que Dios siempre está con los justos y limpios de corazón. Tras año y medio de incumplir sistemáticamente la Ley, cuando por primera es obligada a entregar a las menores al padre, descubre algo que no había averiguado en más de diez años de matrimonio: éste es un sádico violador, que somete a una de las menores a «tocamientos» equivalentes a abusos sexuales, según denuncia la madre ante los tribunales. Y para que nadie dude de su palabra, aporta como prueba irrefutable dos informes de dos centros sanitarios diferentes que dicen todo lo contario: lo que la señora interpreta como abusos sexuales es probablemente enfermedad genital benigna, habitual en los menores, producida o por los hongos o tal vez por el jabón.
EN TRES OCASIONES HA ACUSADO FALSAMENTE A SU EX MARIDO DE ABUSOS SEXUALES A UNA MENOR, SIN QUE LA JUSTICIA HAYA DEDUCIDO TESTIMONIO Y LA HAYA METIDO EN LA CÁRCEL
La falsa acusación de abusos sexuales de la sujeta en contra de su ex marido constituye la más grave injuria que puede formularse contra un hombre. Además de los estigmas familiares y sociales que conlleva, el delito en caso de cometerse está fuertemente penalizado en el derecho positivo. Tampoco era nada nuevo. Desde que se implantó el divorcio en las sociedades occidentales, constituye el arma más letal utilizada por las mujeres avariciosas, envenenadas y desaprensivas para quitarle de por vida la descendencia a sus maridos.
Así lo interpretó un juzgado de familia de la isla que archivó el asunto, decisión que ratifica en todos sus extremos la Audiencia Provincial sin deducir testimonio ni abrir diligencias contra la mujer por denuncia falsa, que es lo que hubiera procedido en un Estado de Derecho donde la buena fe de la madre en los procesos contencioso es conveniente ponerla a veces en cuarentena.
ESPADA DE DAMOCLES.- Pero no ocurrió así. El tribunal archivó el asunto sucesivamente en dos instancias sin que la madre recurriera la medida ya que lo que ésta pretendía, según la Audiencia Provincial, era utilizar a los tribunales para retirar el régimen de visitas a su ex esposo, lo que consiguió.
Pero hete aquí que, en el momento en que queda judicialmente demostrado que no hubo tal abuso sexual, se levantan las medidas cautelares, se restablece el régimen de visitas con el padre, y se intenta aplicar la Ley por segunda vez, la espada de Damocles de los falsos abusos sexuales reaparece de nuevo.
Aunque el asunto estaba archivado definitivamente y debía considerarse materia juzgada según algunos tratadistas del Derecho, sin que exista ni un solo hecho nuevo, con un informe supuestamente amañado de una psicóloga de Jerez, se pretende abrir de nuevo el proceso.
Como se trata de un delito grave, que puede traumatizar de por vida a una menor, la Justicia accede a reabrir la causa. Y la sala de lo civil de la Audiencia Provincial demuestra por segunda vez, sin la menor duda razonable, que la denuncia es un nuevo ardid, un burdo artificio, que busca un fin espurio: privar al padre del régimen de visitas con las niñas.
Y los tribunales, como siempre, en su papel de mirar para otro lado salvo excepciones: pese a que todos los elementos vuelven a estar en su contra, a la madre vengativa, a la Mantis Religiosa decidida a destruir la reputación de su ex marido, la nueva denuncia falsa vuelve a salirle gratis.
A partir de entonces, Rafael González Bravo de Laguna, El Urraca, no está decidido a que se siga jugando con su buen nombre (es una forma de expresarse) ni a que se instrumentalice un día más a sus hijas adoptivas en su contra y da un paso más. Como la justicia civil no es capaz de darle las satisfacciones a las que es acreedor y poner coto a la maldad de una de las partes, acude a la Justicia penal. Una práctica bastante habitual en muchos casos.
Estamos en el año 2006. El Juzgado de Instrucción número 7 toma cartas en el asunto, llama a capítulo a la delincuente, le advierte que lleva años desobedeciendo de manera reiterada y pertinaz los pactos judiciales suscritos de mutuo acuerdo con su ex esposo. Y que, en adelante, burlarse de la Justicia no le va a salir gratis. Le supondrá la perdida de la guardia y custodia de las niñas en beneficio del otro progenitor y el ingreso en prisión.
Así, el 14 de julio de ese año, bajo apercibimiento de cárcel, Margarita Manrique de Lara y Martín-Neda es obligada a llevar a las niñas al juzgado, a entregárselas al juez y al secretario quienes, a su vez, se las entregan al padre para que se cumpla el régimen de visitas.
Fue una dura lección sin duda. Pero el encuentro paterno-filial sólo ocurrió una vez. La mujer sigue empecinada en situarse al margen de la Ley, al igual que los forajidos del Oeste americano. El 1 de septiembre de ese año, cuando debe regresar a Las Palmas para que su padre pueda ver por segunda vez en cuatro años a las menores, poniendo en práctica casi todas las agravantes que establece el Código Penal, se escapa a Portugal con sus hijas con el claro propósito de incumplir el convenio regulador.
Con todos los apercibimientos previos y la advertencia retirarle la guardia y custodia de las niñas, su acción puede incardinarse en el típico delito de secuestro o sustracción de menores, claramente tipificado en el Código Penal, pese a que la madre siguiera ostentando provisionalmente la guardia y custodia de sus hijas, condicionada esta al cumplimiento de la Ley.
Así lo estimó el titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Las Palmas de Gran Canaria quien le imputó dos delitos ─ desobediencia y retención de menores ─ dictó inmediatamente una orden de busca y captura internacional en contra de la fugitiva, alertó a la policía, ordenó la intervención de teléfonos de sus familiares y puso en marcha todos los mecanismos posibles para localizarla por tierra, mar y aire.
Tal medida tiene su justificación en una interpretación cabal del Derecho ─ y no en la jurisprudencia del Supremo, sesgada siempre en beneficio de una de las partes ─ según la cual la concesión de la guardia y custodia de los hijos es una gracia o beneficio que se concede a la madre, en detrimento del otro progenitor que resulta siempre perjudicado. Pero esta gracia o beneficio no permite al que la ostenta utilizarlo de manera exclusiva y, mucho menos, excluyente para perjudicar aún más su marido, que ya ha salido menoscabado en sus derechos por la Ley, estableciendo todo tipo de barreras para retener a las menores en su propio beneficio y hace imposible el cumplimiento del régimen de visitas.
EL TERCER HOMBRE.- De ahí que aprehendida la sujeta fuera encarcelada por tres días y desposeída de la guardia y custodia de la prole en beneficio de su marido. Pero, en ese justo momento, la situación da un nuevo giro y se complica aún más.
El padre biológico de M., una de las menores, irrumpe en escena y reclama ejercer su derecho de padre, que hasta entonces le habían sido negados sistemáticamente por los juzgados, al no haberse hecho la prueba de paternidad y demostrarse al 99’99 por ciento que El Urraca había estado ejerciendo durante seis años unos derechos de paternidad que no le correspondían.
A partir de entonces, el folletín ─ producto de otro «folletín» menos literario ─ entra en un nuevo y más complicado estadio. Dispuesto a ostentar la paternidad de las dos niñas en exclusiva, Rafael González Bravo de Laguna trata de persuadir al padre biológico de M., que le ceda sus derechos y que, en adelante, «jamás tendrá problemas económicos», lo que éste interpretarse como un intento de «comprarle» a la niña.
EN ESTE BOCHORNOSO ASUNTO, LOS CHANTAJES, LOS INTENTOS DE COMPRAR A LAS NIÑAS Y HASTA LAS AMENAZAS DE MUERTE HAN ESTADO A LA ORDEN DEL DÍA
Por su parte, la representación letrada de Margarita Manrique de Lara, da un paso más. Argumenta ante el juzgado de familia 3 de Las Palmas que la niña le había sido «vendida» a la madre en 2003 por el progenitor masculino por la suma de 10.000 euros, ingresada en la cuenta de un amigo.
Agustín Juárez, el padre, regatista internacional de reconocido renombre, no sólo niega esta fantasiosa y abracadabrante historia mediante la cual pretenden presentarle socialmente como un «padre de alquiler», como un individuo desalmado que accedió a copular con la Viuda Negra a cambio de precio o recompensa. « Cómo se puede decir esa disparate cuando sólo en pleitear ante los tribunales hasta lograr que se hiciera la prueba del ADN que demuestra que soy el padre de M. llevo gastados más de 30.000 Euros».
Al no existir acuerdo entre el otrora «triángulo amoroso» acerca de quien debe ostentar la patria potestad de las niñas, empezaron las advertencias al varias veces campeón de España de vela. De ahí, sin solución de continuidad, se pasó a su desprestigio profesional ante los tribunales ─ es un indigente que no tiene donde caerse muerto ─ y a las amenazas de muerte por una de las partes con el fin de que renuncie a su hija a la que, después de siete años, ha podido abrazar y llevarse a su casa para que la conozcan sus padres y demás familiares.
Al igual que Benito Pérez Galdós y para entretenimiento y esparcimiento del personal, implicando a jueces, magistrados y fiscales, falsificando pruebas, «comprando» decenas de testigos con los que posteriormente acaba peleándose sistemáticamente por no repetir al pie de la letra sus instrucciones ante los juzgados, insultando y zahiriendo a todo el mundo como si no hubiera más problema que el que ella misma ha creado, la folletinesca dama esta dispuesta a escribir, con trazos gruesos, una nueva y burda versión los Episodios Nacionales.
Tras la retirada de la guardia y custodia de las niñas, por tercera vez y pese a haber sido apercibida de palabra por el tribunal de que podría incurrir en varios delitos de denuncia falsa, abuso de derecho y fraude de Ley si presentaba una nueva denuncia infundada acusando a su ex esposo de «abuso de menores», al poco vuelve a las andadas.
LA FALSA MAGDALENA.- Para burlar la Ley esta vez no es la atribulada y llorosa madre que lucha a brazo partido por sus hijos la que comparece ante la Justicia. En lugar de la falsa Magdalena lo hace su padre, letrado en ejercicio, quien narra un episodio más de la Guerra de las Galaxias, que no convence ni al más ingenuo de los mortales.
Según su versión ante la Policía, la menor A., le contó a su mujer María Jesús que su padre adoptivo la había «toqueteado» (sic) durante un visionado de la película «Sexo en Nueva York». María Jesús, por su parte, contradice esta versión y asegura que la niña se lo contó a Pepe, su marido.
Lo más curioso de todo es que, en lugar de acudir a los tribunales, concretamente al juzgado de menores, que es a lo que ha lugar, especialmente teniendo en cuenta que el abuelo, José Manrique de Lara y Bosch es un letrado de 82 años de edad con más de ejercicio profesional, llaman a una amiga ociosa de la madre para que inmortalice las palabras de la niña en un vídeo y «fabricar» una prueba de cargo por su cuenta.
El tercer montaje se cae por si mismo cuando el juzgado de instrucción comprueba que la niña «violada» desmiente lo que cuenta en el vídeo y declara que ha sido inducida a «imputar» a su padre y se aprecia, además, que la madre, que ha hecho de los abusos sexuales causus belli en contra de su ex marido, ni siquiera se persona en el procedimiento.
En los tribunales de Las Palmas los jueces se hacían cruces y no dejaban de preguntarse dónde estaba la «madre coraje», que se había hecho de su sensibilidad y de ese instinto maternal, que no le había forzado a rebelarse y saltar como una hiena ante un flagrante delito de abuso de una tierna criatura.
Cuando se unió a la causa, los intentos anteriores de manipulación de la Justicia con falsas argucias e inimaginables artificios, quedó claro el extraño proceder de la made. Su nueva estrategia de machacar a su ex amante y ex marido quedó al descubierto pero, tras un extenso interrogatorio del instructor, no se pudo demostrar que la interfecta era la hábil muñidora de un «delito inventado» para cavarle el rejón de muerte a su otrora media naranja.
En este contexto, en junio de 2009, el juzgado penal 5 de Las Palmas de Gran Canaria absolvió a Margarita Manrique de Lara y Martín-Neda del delito de sustracción de menores. Según la sentencia, aunque huyó a Portugal para delinquir sustrayendo a las menores del control de su padre, aplicando la doctrina tradicional el tribunal unipersonal interpretó que no hubo sustracción de menores por el simple hecho de que nadie le retiró previamente la guardia y custodia de los hijos.
Lo cual es cierto con reservas ya que la fugitiva tras haber sido apercibida reiteradamente de un delito de desobediencia y de pertinaz abuso de derecho, puso pies en polvorosa a sabiendas de que se situaba al margen de la Ley. Y estando ilocalizable, era poco factible hacerle llegar una decisión judicial retirándole los derechos sobre los menores.
La sentencia, obviamente, es bastante mediocre ya que no hace suyas las intenciones del legislador al regular la patria y custodia como un privilegio, una regalía o especie de franquicia a la mujer y lo consagra como un derecho absoluto, que permite detentar con carácter exclusivo de los hijos y privar a segundas o terceras partes de los derechos inherentes a la paternidad ni entra a valorar el daño causado por la madre a los menores al privarle de la presencia de sus respectivos padres de manera intencionada, con el exclusivo fin de conseguir otras metas que por muy legítimas que sean, no están en concordancia con el interés del menor, el único bien legítimo a proteger.
LA VIUDA NEGRA NO PUEDE SEGUIR HACIENDO LO QUE LE VIENE EN GANA. ASÍQUE LAS PARTES NO TIENEN OTRA SOLUCIÓN QUE NEGOCIAR RESPETANDO SIEMPRE LOS DERECHOS DE LAS MENORES.
Disquisiciones jurídicas al margen, que no vienen a cuento, la sentencia que contradice de plano la investigación del Juzgado de Instrucción 6 de Las Palmas de Gran Canaria, ratificada por la Audiencia, obliga a una revisión de derecho de guarda de los menores, atribuida en los tres últimos años a Rafael González Bravo de Laguna
LA NECESARIA SOLUCIÓN.- El papel de la Audiencia Provincial de Las Palmas, que hace unas semanas se reunió para votar y emitir su fallo, adaptando la sentencia penal al ámbito civil, no ha debido ser nada fácil. Sus miembros habrán tenido que ponderar adecuadamente el interés de las dos niñas, teniendo en cuenta su nuevo status social, su integración en el entorno familiar en el que viven desde hace tres años, los resultados escolares y los conocidos trastornos psiquiátricos o sicológicos de la madre biológica de una de ellas, sus permanentes depresiones y sus reacciones agresivo-compulsivas, su facilidad de pasar la de alegría al llanto, su tremenda capacidad de fabulación y otras reacciones que, desde el punto de vista de un profano que ha visto no menos de 3.000 casos similares recogidos en mi libro El Varón Castrado, le incapacitan de plano para ejercer una maternidad responsable.
Si la guarda y custodia es una gracia concedida a la mujer y Margarita Manrique de Lara ha hecho un abuso de este privilegio durante ocho años en su beneficio y en perjuicio de su primer amante y marido, Rafael González Bravo de Laguna y, posteriormente, en contra de su segundo amante, Agustín Juárez, la devolución a la mujer de este privilegio sería por ende una incitación a que siguiera haciendo de las suyas y tratando por todos los medios de deshacerse de los hombres con los que vivió amancebada un tiempo y casada otro.
La Justicia, obviamente, debería haber ponderado todos estos hechos y, de no haberlo hecho, el 30 de este mes, la fecha en que se celebra la petición de Guardia y Custodia sobre su hija M. por Agustín Juárez puede incluso enmendar en parte sus errores.
Porque, en contra de lo que proclaman las feministas más recalcitrantes, el hecho de llevar en el vientre materno a un nasciturus durante nueve meses no otorga más derechos a la mujer que al hombre quien, tradicionalmente, tenía que cargar sobre sus espaldas la alimentación y educación del menor y muchas veces de la madre hasta que el primero tuviera la mayoría de edad.
Las mantis religiosas, que buscan la destrucción del hombre por el hecho de serlo, están de sobra en una sociedad que se proclama estado social de Derecho, amparado en el imperio de la Ley como expresión de la voluntad popular. En esta sociedad, la prepotencia, la chulería, la arbitrariedad y la soberbia de los viejos estamentos sociales ─ y los Manrique de Lara y Martín-Neda forman parte de ellos ─ tienen iguales privilegios y obligaciones que el resto de los mortales. Aunque ellos sigan pensando lo contrario y no duden en manifestarse de esa guisa. De ahí que lo más razonable es que se de una vez la dama alta cuna y baja cama se baje de su falso pedestal y negocie un nuevo convenio regulador con por padres de las menores, siempre en beneficio de las niñas, que es lo que más temprano que tarde ocurrirá.

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